La Voz Hispanic News - Latino newspaper for Washington and Oregon - Periodico Hispano
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P#1. Oí que si viajo fuera de los estados unidos puedo perder mi mica. ¿Es cierto? R#1. Depende. La ley de la inmigración dice que si alguien (que tiene la mica) viaja fuera de los EE.UU. y el viaje dura más de seis meses, la inmigración tiene la autorización de quitarle la mica y perdería su residencia permanente. La inmigración tome la posición que usted abandono su residencia cuando permaneció fuera de los EE.UU. más de seis meses. P#2. Hace poco viaje y no regrese hasta después de un año y cuando crucé en la frontera no me quitaron mi mica. R#2. La ley le da autorización al oficial en la frontera que empiece el proceso de quitarle la residencia si él piense que usted ha abandonado su residencia en los EE.UU. La mayoría del tiempo, el oficial no le pregunta cuando cruza que tanto ha estado fuera de los EE.UU. P#3. ¿Quién va saber si estuve fuera de los EE. UU. mas de seis meses? R#3. Si usted esta tratando de aplicar para la ciudadanía, una de las preguntas que tiene que contestar es cuantas veces ha salido de los EE. UU y cuantas días estaba fuera de los EE. UU. P#4. Suponga que viaje fuera de los EE. UU. por más de seis meses, y quiero aplicar para la ciudadanía, ¿que hago? R#4. La inmigración tiene cuatro asuntos que usan para determinar si usted abandono su residencia en los EE.UU., son: A. El solicitante no dio noticia de terminar su trabajo en los EE.UU. (sigue trabajando en los EE.UU.) B. La familia inmediata del solicitante permanecen en los EE.UU. C. El solicitante retuvo acceso completo a su domicilio en los EE.UU. D. El solicitante no obtuvo trabajo extranjera. Cuando usted aplica para la ciudadanía, debe incluir pruebas con respecto a estos cuatro asuntos que enseñan que no abandono su residencia en los EE.UU. P#5. Pero estoy confundido. Tengo muchos familiares que son Residentes Permanentes Legal y ellos han salido de los EE.UU. para 2 o 3 años y han vuelto a los EE.UU. sin problema. ¿Usted dice que el gobierno pudo quitar la mica de esas personas? R#5. Sin duda. Una persona que tiene la mica es un "Residente Permanente Legal". Esto quiere decir que la persona es ciudadano de su propio país (México) pero un residente permanente de los EE.UU. Y debajo de la ley, "permanente" quiere decir que cada persona que tiene una mica tiene que estar en los EE.UU. por lo menos 6 meses y 1 día cada año. Si la persona está en los EE.UU. por menos de 6 meses y 1 día, la migra toma la posición que la persona no quiere continuar como un "Residente Permanente Legal" de los EE.UU. y pueden quitarle la mica. P#6. ¿Que puedo hacer si yo solo tengo la mica y quiero estar en México más de seis meses cada año? R#6. Se tiene que ser ciudadano de los EE.UU. o aplicar para un permiso para estar fuera de los EE.UU. por más de seis meses. Si una persona con la mica llegue hacer ciudadano de los EE.UU., esa persona puede estar afuera de los EE.UU. por un tiempo indefinitivo. De bajo de la ley, una persona ciudadana puede estar afuera de los EE.UU. lo más que quieren y no perderían su ciudadanía. Tomas Roach es un abogado de el bufete Roach Law Offices, LLP de Pasco, Washington, que practica la ley en asuntos de inmigración. Esta información no consiste en un consejo legal. Es posible que esta información no aplique a usted. Cada caso depende en todos los hechos particulares. Si usted tiene preguntas sobre las leyes de inmigración, para que aparezcan en esta columna, envielas a: Tomas Roach, 9221 Sandifur Parkway, Ste C, Pasco, WA 99301, tel. (509) 547-7587, fax (509) 547-7745
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